El castigo de pedir asilo en México: la trampa burocrática que la SCJN debe frenar Por. Instituto para las Mujeres en la Migración, AC (IMUMI). Por Imumi ● Opinión ● mayo 27, 2026 Imagínate huir de tu país porque tu vida corre peligro. Dejas atrás tu casa, tu familia y todo lo que conoces; cruzas fronteras con el miedo a cuestas, al llegar a México en busca de protección, el sistema te recibe con una condición que parece diseñada para que fracases. Esta es la cruda realidad para miles de solicitantes de asilo en nuestro país.
Tan sólo en 2025 se registraron 46,706 solicitudes de asilo, de acuerdo con datos proporcionados por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, a través de acceso a la información. Hoy, el derecho a la protección internacional en México está secuestrado por la burocracia, específicamente por el artículo 24 del Reglamento de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político. Esta norma, que a simple vista podría parecer un mero trámite administrativo, es en realidad una cadena invisible.

Obliga a las personas que solicitan asilo a presentarse a firmar cada semana ante la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) y les prohíbe salir del estado donde iniciaron su trámite. ¿El castigo por no cumplir? La conclusión automática de su procedimiento. Esto los deja en el limbo, en riesgo de detención migratoria y, lo más grave, expuestos a ser devueltos a los países de donde huyeron para salvar sus vidas, violando flagrantemente el principio de No Devolución (non-refoulement). Anuncio Como sociedad, debemos preguntarnos: ¿qué sentido tiene ofrecer asilo si las reglas para obtenerlo son complicadas de cumplir? Pensemos en el impacto real.

A las personas se les obliga a permanecer en ciudades que frecuentemente sufren de escasez de ofertas laborales y altos índices de inseguridad. Al tener que ir a firmar semanalmente, se les obstaculiza la posibilidad de mantener un empleo estable. ¿Qué empleador tolera ausencias cada semana? Esto no solo atenta contra su integración socioeconómica, sino que empuja a las familias a la vulnerabilidad extrema, un caldo de cultivo que, lamentablemente, ha derivado en un aumento de la xenofobia. Es un sinsentido jurídico y humano.

Quienes solicitan asilo cuentan con una estancia migratoria regular a través de una Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias otorgada por el Instituto Nacional de Migración. Sin embargo, el artículo 24 los trata como si estuvieran bajo libertad condicional. La COMAR, que debería ser una institución estrictamente de protección, asume facultades de vigilan
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