Portada Nacional Artículo 19 denuncia opacidad en Tribunal de Disciplina Judicial Promovió un amparo por incumplir la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Por El Universal Agosto 19, 2026 09:58 a. m. A ¿Quieres resumir esta noticia? Clic aquí Resumen Destacados Preguntas y respuestas ¿Qué te pareció el resumen? Este resumen y los análisis automáticos fueron generados por inteligencia artificial, por lo que podrían contener imprecisiones. Aunque buscamos ofrecer claridad y precisión, pueden existir errores, omisiones o interpretaciones inexactas.
Úsalo como guía rápida y consulta la nota completa para obtener el contexto completo. Desarrollado por SACS IA El Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), órgano encargado de vigilar y sancionar el desempeño de jueces y magistrados, opera en condiciones de opacidad y desacato , al omitir —a un año de su instalación formal— su registro como sujeto obligado en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), denunció la organización Artículo 19 .
Acciones de la autoridad A través de un comunicado, la asociación civil anunció que promovió un juicio de amparo indirecto contra la negativa de este órgano jurisdiccional para cumplir con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Con la reforma judicial de 2024 se extinguió el Consejo de la Judicatura Federal y se crearon, en sustitución, el TDJ y el Órgano de Administración Judicial (OAJ). Posteriormente, en marzo de 2025, se reformó la ley para establecer el deber de las autoridades para darse de alta como sujetos obligados en la PNT.

¡Sigue nuestro canal de WhatsApp para más noticias! Únete aquí El artículo 18° transitorio de la Ley General de Transparencia señala un plazo máximo de 30 días naturales para que el Tribunal de Disciplina cumpliera expresamente con esta disposición. Sin embargo, aún no es posible realizar consultas ni solicitar información a este órgano del Poder Judicial. "Actualmente, las personas que buscan información sobre este órgano no pueden realizar su proceso de acceso a la información.
Esto les impide presentar solicitudes de acceso a la información, obtener un folio, darles seguimiento, recibir una respuesta válida y, en su caso, activar los medios ordinarios de impugnación previstos en la legislación de transparencia", advirtió. ¿Qué declararon las autoridades? El Tribunal de Disciplina Judicial dijo a EL UNIVERSAL, a través de su módulo de atención ciudadana, que se encuentra habilitada la dirección de correo electrónico transparenciatdj@tdj. gob. mx para la presentación de solicitudes de acceso a la información.

"Lo anterior, a fin de que su solicitud sea recibida y atendida por el área competente, en el ámbito de sus atribuciones", respondió el TDJ a este diario. No obstante, Artículo 19 advierte que esto es violatorio a la Ley de Transparencia. "Este incumplimiento no solo obstaculiza ejercer el derecho de acceso a la información pública, también la transparencia judicial y la rendición de cuentas en procedimientos disciplinarios", alertó la ONG.
Artículo 19 subrayó que ninguna autoridad puede permanecer fuera del sistema legal bajo argumentos de falta de coordinación interna o ajustes administrativos. Por eso, hizo un llamado a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno a adoptar, dentro de sus competencias, medidas para que el TDJ opere en la PNT con una vía real de revisión ante sus respuestas y omisiones.
"Cuando una institución encargada de vigilar la disciplina judicial opera sin transparencia, sin mecanismos efectivos para dar respuesta a solicitudes de información y sin una autoridad garante plenamente operativa, el mensaje institucional es preocupante: primero se organiza el poder y después se piensa en cómo rendir cuentas", concluyó. Lo más visto Nueve viviendas consumidas al norte de la ciudad Seguridad jijos de la tiznada…

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Etiquetas: Tribunal de Disciplina Judicial, Artículo 19, Transparencia, Ley General de Transparencia, Acceso a la Información Pública, México · Auditorías, ASF y transparencia, México · Auditorías, ASF y transparencia
