(Foto de ARCHIVO) Recurso del El Consejo Asesor de Contenido de Meta REMITIDA / HANDOUT por CONSEJO ASESOR Fotografía remitida a medios de comunicación exclusivamente para ilustrar la noticia a la que hace referencia la imagen, y citando la procedencia de la imagen en la firma 01/1/1970
El Consejo español de Ministros ha aprobado una reforma de la Ley Orgánica de protección civil del Derecho al Honor, que aborda la regulación de imágenes y voces manipuladas a través de inteligencia artificial, conocidas como 'deepfakes'. Esta normativa busca proteger la intimidad personal y familiar, así como la propia imagen de las personas.
La reforma contempla la regulación de los denominados 'true crimes', con el objetivo de brindar mayor protección a las víctimas de estos delitos. Se considera una injerencia en el derecho a la protección del honor cuando el victimario obtiene beneficios económicos o de proyección personal con el uso de la imagen o voz de otra persona sin consentimiento.
Por primera vez, la reforma también prohibirá el uso de la voz o imagen de una persona sin su autorización en fines publicitarios o comerciales utilizando la inteligencia artificial o los 'deepfakes'. Sin embargo, se permitirá el uso de la inteligencia artificial en contextos satíricos, creativos o de ficción sin necesidad de mencionar su empleo.

En cuanto a los menores, la reforma propone establecer la edad de consentimiento sobre la propia imagen en 16 años, con la salvedad de que se mantendrá la protección del interés del menor en caso de uso contrario a su bienestar.
Se prevé también que no se puedan utilizar imágenes de redes sociales personales en contextos distintos de su finalidad original, con excepciones para hechos de relevancia pública.

Las personas fallecidas podrán prohibir a través de su testamento el uso de su imagen o voz con fines publicitarios, comerciales o similares, designando una persona para autorizar dichos usos tras su muerte. La reforma, si aprobada en el Congreso, regulará los criterios para ponderar las indemnizaciones y prohibirá las indemnizaciones simbólicas.
Se contempla la posibilidad de publicar en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la identidad del condenado, el derecho vulnerado y el importe de la indemnización, siempre que se solicite.
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