El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) ha determinado que el exalcalde de Río Blanco, Ricardo Pérez García, cometió violencia política contra las mujeres en razón de género en su modalidad de violencia simbólica.
La sentencia, emitida dentro del expediente TEV-PES-6/2024, concluyó que diversas acciones del entonces presidente municipal invisibilizaron y debilitaron al exsíndica del Ayuntamiento, colocándola en un escenario de discriminación y estigmatización por razones de género.
La denuncia fue presentada en octubre de 2023 y posteriormente ampliada para señalar presuntos actos relacionados con el despido de personal adscrito a la Sindicatura, la imposición de un exservidor público en esa oficina, la negativa para entregar inventarios de bienes municipales y la difusión de publicaciones en medios de comunicación y redes sociales que afectaban su imagen pública y desempeño institucional.
Durante la investigación, el Organismo Público Local Electoral (OPLE) certificó diversas publicaciones difundidas en internet, además de recibir documentación, enlaces electrónicos y otros medios de prueba aportados por las partes.

Los magistrados concluyeron que se acreditó la existencia de violencia política de género en modalidad de violencia simbólica, tanto por conductas atribuidas al entonces alcalde como por una publicación difundida en el portal Informeveracruz. blogspot.
com, al considerar que reproducía estereotipos que afectaban la percepción pública de la capacidad y legitimidad de la funcionaria para desempeñar un cargo público. Como sanción, el Tribunal impuso a Ricardo Pérez García una multa de 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 4 mil 811 pesos.
Asimismo, ordenó su inscripción en el Catálogo de Sujetos Sancionados del Tribunal Electoral de Veracruz. Además, el exalcalde deberá permanecer durante seis años en el Registro Nacional y Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

Con dicha determinación, Ricardo Pérez García permanecería inscrito en esos padrones hasta 2032.
De acuerdo con la legislación electoral vigente en Veracruz, las personas inscritas en el registro de sancionados por violencia política de género no pueden acceder a candidaturas a cargos de elección popular mientras permanezcan en ese listado, por lo que la resolución podría impedirle participar como candidato en procesos electorales locales durante ese periodo.
En la misma resolución, el Tribunal impuso una amonestación a José Alberto Flores, administrador del perfil de del medio digital 'Informeveracruz. b
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