La Corte Suprema de Estados Unidos ha establecido un nuevo criterio para el acceso al proceso de asilo. Según la decisión del 25 de junio de 2026, una persona solo tendrá derecho a pedir asilo si se encuentra físicamente dentro de Estados Unidos.
Esto significa que aquellos que se encuentren en México, aunque estén frente a una garita de inmigración, no tendrán ese derecho. La votación fue de 6 jueces a favor y 3 en contra.

Este caso se originó en una demanda colectiva presentada en 2017 por un grupo de solicitantes de asilo y la organización Al Otro Lado ante un tribunal federal en California, conocido como el caso Mullin vs. Al Otro Lado.
Antes de esta sentencia, la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito había sostenido que una persona en México que llega hasta un funcionario estadounidense en la frontera, para efectos de la ley de asilo, 'llegaba a los Estados Unidos'.

La frase 'llegar a Estados Unidos' abarcaba a personas que se encontraban con funcionarios estadounidenses en la frontera, sin importar de qué lado de la frontera estuvieran parados.
Entre octubre de 2025 y mayo de 2026, 283 personas en puertos de entrada de la frontera suroeste declararon tener miedo de persecución o intención de pedir asilo, según datos de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP).

Este dato corresponde solo a personas procesadas por la Oficina de Operaciones de Campo (OFO), una división de CBP que opera en los puertos de entrada, y no representa a todas las personas que buscaron asilo tras llegar a la frontera con México. En el mismo periodo para el año anterior, esta cifra superaba las 144,000 personas.
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